para entrar en Madrid con tu coche
A pesar de haber sido implementada a principios del año 2022, la Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) continúa generando preocupación entre los conductores, quienes se debaten en la incertidumbre sobre si pueden o no acceder a ella. ¿Cuáles vehículos sin distintivo tienen permitido circular en Madrid?
Prohibida la Circulación de Vehículos Clasificados con Etiqueta A a partir de
A partir del 1 de enero de 2025, quedará restringido el acceso a Madrid 360 a los automóviles mencionados previamente, excepto en las siguientes situaciones excepcionales:
-Los vehículos híbridos o eléctricos que cumplan con los requisitos de la etiqueta medioambiental "Cero Emisiones"
-Los vehículos con la etiqueta medioambiental "ECO" que sean propulsados por gas natural
-Los vehículos con la etiqueta medioambiental "ECO" que sean propulsados por gas natural.
- Adicionalmente, se permitirá el acceso a Madrid 360 a los vehículos con la etiqueta "ECO B" que funcionen con tecnología híbrida enchufable siempre que cumplan con los criterios de emisiones establecidos.
Además, estarán autorizados a entrar a Madrid 360 los autos con la etiqueta "ECO B" que usen tecnología híbrida enchufable y cumplan con las normas de emisiones correspondientes.
Recorrido por los medios de transporte permitidos en Madrid sin distintivo de la DGT
Actualización importante: Hasta el 31 de diciembre de 2024, el Ayuntamiento de Madrid permitirá la circulación de ciertos vehículos sin pegatina de la DGT. Esto incluye camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores.
Importante: Este cambio entrará en vigor el 1 de enero de 2025. Hasta entonces, no habrá restricciones para estos vehículos en la ciudad de Madrid. No recibas multas ni penalizaciones por no tener pegatina de la DGT. ¡Aprovecha esta oportunidad y sé consciente de las nuevas normativas a partir de 2025!A partir del 1 de enero de 2025, solo podrán transitar por la ciudad de Madrid ciertos vehículos sin pegatina de la DGT. Incluyen a:
- Camiones
- Furgonetas
- Motocicletas
- Ciclomotores
Desentrañando el Concepto de Madrid como Zona de Baja Emisión
En la Estrategia de Sostenibilidad Madrid 360, se ha declarado toda la ciudad como Zona de Bajas Emisiones, conforme al artículo 21 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Según se detalla en dicho artículo:
Es relevante mencionar que todas las calles y carreteras urbanas de Madrid se incluyen en la ZBE, sin embargo, no queda del todo claro en los mapas que el Ayuntamiento proporciona en sus medios digitales oficiales.
Dentro de dicha ZBE, se han establecido dos áreas más restringidas, las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro y Plaza Elíptica. Cabe destacar que en 2022 se implementó la Madrid ZBE - Interior de la M-30, lo cual puede generar cierta confusión.
Rutas permitidas para circular con mi vehículo en Madrid
Actualmente en la ciudad de Madrid, se está implementando un calendario con el objetivo de reducir la circulación de vehículos sin etiqueta medioambiental emitida por la DGT. Este proyecto comenzó en el año 2022 y año tras año, se van aplicando medidas más restrictivas para estos automóviles. En 2025, ningún vehículo de esta categoría podrá circular por la ciudad a menos que sea considerado histórico.
El Ayuntamiento de Madrid ha anunciado la instalación de 257 nuevas cámaras para controlar el cumplimiento de estas reglas. Sin embargo, las multas por incumplimiento no comenzarán hasta el próximo 14 de enero. Por lo tanto, es importante conocer las normas vigentes para circular adecuadamente por la ciudad en estos momentos.
En primer lugar, debe contar con la etiqueta medioambiental emitida por la DGT. Y en segundo lugar, el vehículo debe estar registrado en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid antes del 1 de enero de 2022 y tener sus recibos domiciliados en la ciudad.
Vehículos no adhesivados permitidos en Madrid
Vehículos exentos:- Camiones
- Furgonetas
- Motocicletas
- Ciclomotores
Estos vehículos no contarán con el distintivo de la Dirección General de Tráfico (DGT), ya que no son considerados turismos.
Vehículos exentos con condiciones:- Vehículos sin etiqueta medioambiental con empadronamiento en Madrid a fecha 1 de enero de 2022
- Pago del impuesto de circulación en la capital
Estos vehículos serán exentos hasta el 31 de diciembre de 2024 siempre y cuando cumplan ambas condiciones de forma continua.
Vehículos adaptados o no para personas con movilidad reducida:Los vehículos sin pegatina ecológica que sean utilizados para trasladar personas con movilidad reducida o cuyo titular sea una persona con minusvalía, estarán exentos de las restricciones.
Además, deben estar registrados en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y contar con la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, que debe estar visible en el interior del vehículo (encima del salpicadero para poder verse a través de la luna delantera).
Expansión y Desarrollo de la Zona de Bajo Impacto Ambiental en Madrid
A diferencia de otras Áreas de Reducción de Emisiones presentes en España, que cuentan con un límite establecido, esta ha sido planificada para expandirse gradualmente hasta abarcar toda la ciudad en su totalidad.Desde mi juventud, soy un entusiasta de los vehículos, primero de las motocicletas y luego de los automóviles, con una debilidad especial por las marcas japonesas. Durante diez años, he estado involucrado en la industria, inicialmente formándome en Autobild y desde entonces en el Grupo Prisa, donde he tenido la oportunidad de probar todo tipo de vehículos, desde aquellos que hacen mucho ruido hasta los más silenciosos.
Vehículos clasificados B y C Motocicletas y Automóviles
¡Libertad total para circular por la M-30! Sin restricciones que lo limiten, tus vehículos pueden ingresar, aparcar y moverse por su interior. Solo debes tener en cuenta las disposiciones en Madrid Distrito Centro y Plaza Elíptica si planeas acceder a su perímetro. Son dos zonas de bajas emisiones de especial protección (ZBEDEP), que requieren ciertos cuidados al circular.Sanciones por infringir la Zona de Bajas Emisiones
El control de accesos en la zona de bajas emisiones se realiza automáticamente o manualmente por un agente de la autoridad en caso de incumplimiento de los requisitos.
En caso de ser detenido por incumplir los requisitos de acceso a la zona, ¿qué sucede con la multa? Desde el 21 de marzo de 2022, la infracción se considera grave según la nueva Ley de Tráfico y la multa asciende a 200 euros (antes eran solo 90 euros). Para obtener más detalles sobre Madrid ZBE, continúa leyendo.
Es sancionable ingresar a Madrid en automóvil sin el distintivo de la DGT
El artículo 6.1 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible establece que todo vehículo que transite o estacione en las vías públicas de la ciudad y pueda obtener el distintivo ambiental correspondiente según la normativa estatal, está obligado a mostrarlo en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero. Si el vehículo carece de parabrisas, el distintivo debe colocarse en un lugar visible.
En cumplimiento de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, es requisito mostrar el distintivo ambiental en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero o en un lugar visible si el vehículo no tiene parabrisas. Este distintivo es otorgado de acuerdo a la normativa estatal y es obligatorio para todo vehículo que circule o se estacione en las vías públicas de nuestro municipio.
Según el artículo 6.1 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, los vehículos que transiten o estacionen en las calles de titularidad municipal y puedan obtener el distintivo ambiental determinado por la normativa estatal, deben exhibirlo en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero o en un lugar visible en caso de no contar con parabrisas. El objetivo es promover una movilidad sostenible en nuestra ciudad y reducir la contaminación ambiental.
La Ordenanza de Movilidad Sostenible establece, en su artículo 6.1, la obligatoriedad de mostrar el distintivo ambiental en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero o en un lugar visible si el vehículo no cuenta con parabrisas. Este distintivo, otorgado conforme a la normativa estatal, debe estar presente en todo vehículo que circule o se estacione en las vías públicas de nuestra ciudad, en aras de promover una movilidad más sostenible y respetuosa con el medio ambiente.