
Temas legales y legislación referentes al calendario escolar en Cantabria para el año 20212022
Recientemente ha sido publicado el calendario escolar para el próximo curso 2021-2022 en la comunidad autónoma de Cantabria, con algunas innovaciones que afectarán a estudiantes y profesores por igual. Este nuevo calendario, que establece el inicio del curso para septiembre, también contempla períodos de descanso durante los meses de octubre, diciembre, febrero y abril. Además, se han incluido varias fechas especiales, como días no lectivos y festivos regionales, que serán aprovechados para planificar actividades y eventos escolares. El objetivo de este calendario es promover una eficiente organización del tiempo y fomentar la inclusión de actividades pedagógicas complementarias para el desarrollo integral de los estudiantes.
Preparándose para el curso en Cantabria
El curso 2021-2022 en Cantabria tendrá un total de 174 días de clases para estudiantes de Primaria, Secundaria y Bachillerato. Este calendario, recientemente publicado, señala el inicio de las lecciones para el 9 de septiembre. Además, es importante tener en cuenta que se mantendrán vigentes las medidas de seguridad para prevenir la propagación de la Covid-19.
Durante el curso escolar, habrá dos periodos de vacaciones para los estudiantes. Por un lado, las vacaciones de Navidad se extenderán desde el 24 de diciembre hasta el 9 de enero. Y por otro lado, el descanso de Semana Santa será del 14 al 23 de abril. Es importante tener en cuenta que, debido a la situación actual, el fin de curso previsto para el 22 de junio podría sufrir cambios.
Es fundamental destacar que el calendario escolar también incluye los días festivos tanto nacionales como regionales, así como los días de inicio y fin de curso. Sin embargo, es importante tener en cuenta que estos días pueden verse afectados por la evolución de la situación pandémica.
Se recomienda estar informados de posibles cambios que puedan surgir en el calendario y planificar adecuadamente las actividades y el seguimiento del curso escolar en función de este marco temporal establecido. ¡Que el nuevo curso sea un éxito para todos!
Supervisión Superior Regresar al Índice
Desarrollo de la estructura del Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante el Real Decreto 498/2020
El día 28 de abril, se ha publicado el Real Decreto 498/2020 para establecer la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Este decreto, que es una herramienta importante para garantizar un funcionamiento eficaz del sistema educativo, ha sido desarrollado en base al Real Decreto 1950/1985.
El Real Decreto 1950/1985, que data del 11 de septiembre, fue establecido específicamente para crear los Servicios de alta inspección del Estado en materia de enseñanza.
Además, también se crearon las áreas funcionales de Alta Inspección de Educación, integradas en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas de Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Madrid, Murcia y La Rioja, mediante el Real Decreto 1448/2000 del 28 de julio.
Con el objetivo de mejorar la organización y gestión del sistema educativo, el Real Decreto 498/2020 establece una estructura sólida y eficiente para el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Calendario escolar de Cantabria Qué días están designados como festivos y vacaciones
La pandemia del COVID-19 ha generado numerosas modificaciones en el calendario escolar de Cantabria en los últimos meses, especialmente en lo que respecta a los exámenes y evaluaciones. La Consejería de Educación ha tomado medidas para adaptarse a la situación, como extendiendo el plazo para los exámenes y permitiendo evaluaciones en línea. Estos cambios han causado incertidumbre y preocupación en docentes y estudiantes, ya que dificultan una planificación adecuada del periodo de exámenes y evaluaciones.
Cambios en el calendario educativo de Cantabria para el año escolar
Los cambios en el calendario escolar de Cantabria para el curso 2021-2022 han generado inquietud en algunos sectores, ya que se adelanta el inicio de clases y se extiende la jornada en junio y septiembre. A pesar de ello, la Consejería de Educación asegura que estas decisiones no afectarán de manera negativa a la enseñanza y que se mantendrán las medidas sanitarias para garantizar la seguridad en las aulas. Por otro lado, la flexibilidad en los horarios de entrada y salida permitirá una mejor adaptación al calendario laboral de las familias y profesores, pero también puede suponer una mayor carga de trabajo para los docentes y una posible pérdida de contenido curricular.
LLEGADA ENTRADA Y OBTENCIÓN DE NUEVAS COMPETENCIAS Regresar al Índice
Real Decreto 276/2007, de 23 de febreroReglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades
Aprobado por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
Régimen transitorio de ingreso
Disposición transitoria decimoséptima de la citada ley
Modificados por Real Decreto 84/2018, de 23 de febrero
Orden ECD/112/2012, de 16 de noviembre
Procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades
Para el profesorado funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros
Ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte
Comunidad Autónoma de Cantabria
Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre
Requisitos para la verificación de títulos universitarios oficiales
Habilitantes para el ejercicio de profesiones de Profesor de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas
Modificada por Orden EDU/3498/2011, de 16 de diciembre
Se modifica la Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre
Requisitos para la verificación de títulos universitarios oficiales
Que habiliten para el ejercicio de profesiones de Profesor de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas
Estándares Esenciales para los Establecimientos Volver al Inicio
El primer ciclo de la educación infantil en la Comunidad Autónoma de Cantabria debe cumplir ciertos requisitos para garantizar la calidad de la enseñanza. Esto se establece en el Decreto 144/2007, de 31 de octubre, el cual ha sido modificado por el Decreto 28/2013, de 16 de mayo. Estos cambios buscan mejorar y actualizar los estándares que deben cumplir los centros que imparten esta etapa educativa.
Asimismo, el segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria también tienen requisitos mínimos que deben ser cumplidos por los centros que los imparten. Esto es establecido en el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero. La finalidad de estas medidas es asegurar que los estudiantes reciban una educación de calidad en todos los niveles.
Además, las enseñanzas artísticas también tienen sus requisitos mínimos, los cuales son establecidos en el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, en concordancia con la Ley Orgánica de Educación (LOE). Estas medidas buscan asegurar que los centros que imparten enseñanzas artísticas cumplan con los estándares necesarios para garantizar una formación adecuada en este ámbito.
Es fundamental que los centros educativos cumplamos con los requisitos establecidos por las normativas correspondientes, ya que esto garantiza una educación de calidad para nuestros estudiantes. Por ello, es importante estar siempre al día con las actualizaciones y modificaciones que se realizan en dichas normativas.
REGISTRO MUDANZA DE EXPEDIENTES ACADÉMICOS Retorno al Índice
Orden ECD/462/2016, del 31 de marzo, regula el proceso de inclusión del alumnado en un curso de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato según lo establecido por la Ley Orgánica 8/2013, del 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. Este proceso se aplica a aquellos estudiantes que tengan asignaturas pendientes del plan de estudios anterior a su implantación.
De acuerdo al Decreto 16/2009, del 12 de marzo, se establece el procedimiento de admisión de alumnos en centros públicos y privados concertados que imparten Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
El Decreto 7/2016, del 11 de febrero, modifica el Decreto 16/2009 para regular el procedimiento de admisión de alumnos en Centros Públicos y Centros Privados Concertados que imparten Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.