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Jubilación del empresario y continuidad del negocio requisitos legales y soluciones

Es posible que resulte injusto perder tu trabajo debido a una situación como esta, dado que no es responsabilidad tuya ni se debe a un declive económico en la compañía. Sin embargo, es una realidad inevitable: no siempre un empresario optará por mantener su empresa abierta al momento de jubilarse.

Fundamentos indispensables para la finalización de un vínculo laboral por retiro del empleador

Para que se pueda dar por finalizada la relación laboral de un trabajador debido a la jubilación del empresario, es necesario cumplir con dos requisitos básicos:

En primer lugar, si se produce un cambio de titularidad de la empresa o del lugar de trabajo, o bien una transmisión completa de una unidad productiva, no se podrá llevar a cabo la extinción de la relación laboral por causa de jubilación. En estos casos, la nueva persona física o empresa -conocida como cesionaria- deberá hacerse cargo de los trabajadores, manteniendo sus condiciones laborales (antigüedad, salario, jornada, horario, puesto, etc.) de manera idéntica. Por lo tanto, la extinción no será aplicable en este contexto.

Por otro lado, si el empresario es una persona física que se jubila y decide finalizar la relación laboral con una indemnización equivalente a una mensualidad, será necesario que el trabajador tenga conocimiento de que la actividad mercantil continúa, lo cual es frecuente en negocios como bares (tal y como hemos mencionado anteriormente).

Cese de la actividad

El Estatuto de los Trabajadores establece una primera condición fundamental para la extinción contractual, que es el cese de la actividad empresarial. Es importante aclarar que esta medida no se trata de un despido en el sentido tradicional, como popularmente se piensa. Sin embargo, si la empresa va a continuar su actividad -por ejemplo, cuando el empresario actual se jubile y sea reemplazado por otra persona- esta opción no será válida y no se podrá despedir al personal mediante este método.

Los jueces, en estos casos, consideran que no existen motivos para despedir a los empleados. De manera que en situaciones de subrogación o traspaso del negocio, en las que se produce un cambio de titularidad y un tercero adquiere la empresa, tampoco se puede aplicar esta fórmula de despido por jubilación. Lo mismo ocurre en las sucesiones familiares y si el empresario jubilado mantiene la propiedad y/o dirección de la empresa pero nombra a otra persona para gestionarla. En todos estos casos, es necesario que la actividad comercial desaparezca por completo, sin posibilidad de que los contratos de los empleados continúen vigentes.

Compensación por cese laboral por retiro del empleador

Toca abordar la parte práctica. Se trata de la compensación que corresponde a aquellos que han perdido su trabajo debido a la jubilación del empresario individual. Esta indemnización equivale a un mes de sueldo, incluyendo la proporción de pagas extras, y se recibe de una sola vez, además de estar exenta del impuesto sobre la renta.

Realizando un cálculo rápido, se concluye que el despido por retiro del empresario autónomo no supone una indemnización significativa. Para el empleador, es una situación muy favorable. La antigüedad del trabajador no juega un papel relevante, ya que solo tiene derecho a un mes de salario.

No obstante, en estas circunstancias, puede solicitar la prestación por desempleo, cuya fecha de efectos se establece en la carta que comunica la jubilación del empresario, de forma escrita.

Jubilación segura y transición exitosa en negocios

La importancia de una transición exitosa: Preparación para una jubilación tranquila y garantía de la continuidad empresarial.

Jubilación: Para asegurar una etapa de retiro estable, es fundamental planificar con anticipación y establecer un adecuado plan de ahorro.
Empresas: Anticiparse a los cambios y preparar a un sucesor competente para asumir el liderazgo y continuar con el legado, es esencial para una transición exitosa.

No hay que ver la jubilación como el fin de una carrera empresarial exitosa. Para los emprendedores, planificar el legado empresarial es clave para asegurar la prosperidad continua de su negocio después del retiro.


Estrategias tales como la formación de un sólido equipo de liderazgo, la diversificación de las fuentes de ingresos y la implementación de sistemas eficientes son fundamentales.


Además, es esencial establecer un plan de sucesión sólido que promueva los valores y la visión del fundador.

Con una adecuada planificación, la jubilación no tiene por qué ser una interrupción en el mundo empresarial.

Los efectos de la jubilación del empleador

Una sucesión empresarial implica el traspaso de un negocio a otras personas físicas o jurídicas. Pueden ser tanto familiares como no familiares.

El nuevo empresario queda subrogado en los derechos y obligaciones laborales del antiguo propietario, lo que garantiza que todo sigue igual para los trabajadores.

Además, adquiere los derechos de propiedad sobre los activos -maquinaria, muebles, mercancías, marca de la empresa, etc.- y, en caso de que el local sea alquilado, asume el derecho al arrendamiento.

El autónomo que se jubila en esta situación no necesita liquidar ni deudas ni bienes, ya que no se ha producido el cierre de la actividad.

El plazo prudencial

Un aspecto clave a considerar es el tiempo, aunque no sea estrictamente necesario hacer las tres acciones (jubilación, cese de actividad y extinción del contrato o contratos) al mismo tiempo, se establece un "plazo prudencial" para llevar a cabo y concluir los tres procesos en un lapso de tiempo razonable. El tiempo que se otorgue dependerá de las circunstancias específicas de cada caso y no se pueden establecer reglas generales para todos los escenarios. La finalidad de este plazo razonable es facilitar la liquidación y cierre del negocio en cuestión.

Un ejemplo concreto y esclarecedor del concepto de "plazo prudencial" fue el caso de un trabajador que recibió una carta de despido (por jubilación del empleador, en teoría), sin embargo, presentó una reclamación en los juzgados al descubrir que el empresario se había jubilado como autónomo siete años antes. En este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura consideró el despido como improcedente al haber superado cualquier tipo de "plazo prudencial".

Alternativas de retiro que no son la jubilación tradicional

Congrabador. El jubilación activa del empresario individual no es justificación para despedir a este. El cese real de su actividad es lo que realmente puede considerarse una causa válida de extinción (nº 4761).

Por otro lado, si el empresario decide retirarse antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación, surgen divergencias de opiniones. Algunos argumentan que para poder despedir por jubilación, es necesario haber alcanzado la edad mínima del artículo 205.1.a) de la Ley General de la Seguridad Social, es decir, la jubilación ordinaria sin anticipación. Sin embargo, otros tribunales han determinado que la edad ordinaria de jubilación puede no haber sido alcanzada.

Empresarios pluriempleados

Imaginemos una situación en la que una persona esté afiliada a distintos regímenes de la Seguridad Social. En este caso, sería posible que su contrato laboral se extinguiera por jubilación siempre y cuando se haya jubilado a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), con la consecuente indemnización de solo un mes para los trabajadores afectados. Sin embargo, en caso de que la jubilación sea reconocida únicamente por las cotizaciones en el Régimen General, no sería posible la extinción del contrato laboral de los empleados.

En cambio, si la pensión proviene del Régimen General, pero se tienen en cuenta las cotizaciones totales (incluyendo aquellas acumuladas en el RETA), este problema no se presentaría ya que se cumplirían los requisitos para la extinción del contrato laboral.

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